Una inscripción convencional y otra genéticamente modificada
La resolución 173/2026, del 7 de mayo, aprobó la inscripción de la variedad de soja 47A90, que no está modificada genéticamente. En tanto, la resolución 270/2026, del 5 de junio, hizo lo propio con la 68A20 RR, una variedad genéticamente modificada. Ambas pertenecen a la especie Glycine max (L.) Merr.
La Dirección Nacional de Registro de Variedades del INASE informó que se cumplieron los requisitos exigidos por los artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas N° 20.247, el artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales y los artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183/91.
Intervención de la Comisión Nacional de Semillas
La Comisión Nacional de Semillas intervino en el proceso durante su reunión del 17 de marzo de 2026, según el acta N° 531, tal como establece la ley. La Dirección de Asuntos Jurídicos del INASE también emitió el dictamen correspondiente para avalar la inscripción.
Las resoluciones fueron firmadas por el presidente del Directorio del INASE, Martin Famulari, quien ordenó la inscripción en el registro y la expedición de los títulos de propiedad correspondientes. La publicación en el Boletín Oficial quedó a cargo del interesado.
Implicancias para el sector semillero
Con esta medida, las variedades 47A90 y 68A20 RR quedan formalmente protegidas, lo que otorga a ACA los derechos de propiedad sobre las mismas. Esta inscripción amplía el catálogo de cultivares disponibles para los productores, con opciones tanto convencionales como transgénicas, en el marco del sistema de protección de obtentores vigente en Argentina.
El INASE, organismo descentralizado bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, continúa con su labor de registro y control de las creaciones fitogenéticas en el país.




