Axi (Buenos Aires, 16 de septiembre de 2026).- El Consejo Profesional de Ingeniería Industrial publicó hoy en el Boletín Oficial las resoluciones 2/2026 y 3/2026, firmadas por Alejandro Martino y Pablo Leybovich. La primera exime del pago de la matrícula a directores y coordinadores de la carrera, la segunda ratifica la obligatoriedad de la encomienda profesional previa.
Exención para directores y coordinadores de Ingeniería Industrial
La Resolución 2/2026 establece un régimen de exención al pago obligatorio de la matrícula profesional para los directores y coordinadores de las carreras de Ingeniería Industrial, con cuyas facultades y universidades el Consejo haya suscripto o suscriba convenios de colaboración recíproca. El beneficio alcanza tanto al ámbito público como al privado, donde se dicta la carrera, y busca promover una mayor conexión con la comunidad de ingenieros industriales.
La medida se apoya en el Decreto-Ley N° 6.070/58, ratificado por la Ley N° 14.467, que en su artículo 8 regula la docencia universitaria y exige la inscripción en la matrícula respectiva. La norma considera que, pese a la obligatoriedad de la matriculación para ejercer, esa circunstancia muchas veces no se refleja en la práctica cotidiana, y que la tarea de los directores y coordinadores es clave para difundir la obligación entre profesionales y futuros profesionales.
Plazo atado al mandato y requisitos de presentación
La exención regirá hasta el 31 de diciembre del año en que finalice el mandato que detenten los directores y coordinadores en sus respectivas facultades o universidades. Para obtener el beneficio, los responsables de carrera deberán presentar al momento de la matriculación, y luego una vez por año, la constancia de designación mediante resolución del decano, rector o consejo académico.
Junto con la suscripción de la matrícula, los directores y coordinadores asumirán el compromiso de comunicar fehacientemente al Consejo la finalización de sus mandatos cuando ello ocurra. La resolución fue comunicada a la Junta Central y a todas las facultades y universidades públicas y privadas que dicten la carrera de Ingeniería Industrial.
Obligatoriedad de la encomienda profesional ante la falsificación de documentos
La Resolución 3/2026 ratifica la obligatoriedad de la encomienda profesional previa para toda tarea, informe, dictamen, certificación, proyecto, dirección o actividad vinculada a higiene y seguridad, medio ambiente y demás incumbencias que deba presentarse ante Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) u organismos públicos nacionales, provinciales o municipales. La decisión responde al conocimiento de falsificaciones de instrumento privado y uso de documento falso vinculadas a titularidades de Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Las irregularidades detectadas abarcan presentaciones de Programas de Seguridad y planillas de RAR y RGRL ante las ART, que se encuentran imposibilitadas de certificar la autenticidad de esa documentación. El texto cita los artículos 292 y 296 del Código Penal, y los artículos 247, 292 y 296 de ese cuerpo legal, junto con los artículos 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial de la Nación sobre responsabilidad por daños.
Consecuencias: falta ética, responsabilidad civil y penal
El Consejo establece que todo trabajo profesional que carezca de encomienda no será reconocido por la institución ni acreditará de forma fehaciente la habilitación profesional. La realización de tareas sin encomienda constituye incumplimiento de las normas del ejercicio profesional, falta ética pasible de sanción y eventual responsabilidad civil y penal. La norma invoca el poder de policía del Consejo sobre sus matriculados, conforme al Decreto-Ley N° 6.070/58.
La resolución también cita la Ley N° 24.557 y la Ley N° 19.587, que imponen la intervención de profesionales habilitados, y la Resolución N° 3226/1998 de la Administración General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ambas resoluciones fueron publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 16 de septiembre de 2026.




