Axi (Buenos Aires, 26 de octubre de 2026).- El RENATRE estableció un plan excepcional de facilidades de pago para empleadores rurales, con hasta 12 cuotas y quitas de hasta el 50% sobre intereses resarcitorios, según la Resolución 100/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Alcance y condiciones del régimen
El plan, aprobado por el Directorio mediante Acta N° 164/2026 y firmado por Abel F. Guerrieri y Carolina Llanos, está destinado a empleadores rurales registrados conforme el artículo 7° de la Ley N° 25.191. Rige desde la publicación en el Boletín Oficial y hasta el 31 de diciembre de 2026, con el objetivo de regularizar deudas por contribución RENATRE e intereses resarcitorios determinadas por la regularización de relaciones laborales no registradas acogidas al Régimen de Promoción del Empleo Registrado.
Quitas según la cantidad de cuotas
Para deudas en instancia administrativa se admiten planes con quita de intereses resarcitorios calculada sobre el total adeudado. El pago único o en hasta tres cuotas accede a una quita de hasta el 50%; entre cuatro y seis cuotas, del 40%; y entre siete y doce cuotas, del 30%. La tasa de financiación es del 1,5% mensual y se aplica un adicional del 3% sobre la deuda convenida por gastos administrativos y de gestión.
Exclusiones y caducidad
Quedan excluidos los establecimientos donde se detectaron indicadores de presunta explotación laboral, trata de personas o trabajo infantil con denuncia formulada y no sobreseída, y aquellos con trabajadores no registrados detectados en fiscalizaciones previas, salvo que hayan regularizado la totalidad de las relaciones laborales. También quedan fuera los adheridos a un plan anterior con cuotas vencidas. La caducidad opera de pleno derecho por falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas.
Requisito de fiscalización previa
Únicamente podrán acceder al régimen los empleadores que hayan sido fiscalizados por el RENATRE y que acrediten haber regularizado la totalidad de las relaciones laborales no registradas detectadas en esas fiscalizaciones, en el marco del Régimen de Promoción del Empleo Registrado. La primera cuota se integra con al menos el 5% del salario vigente para la categoría de peón general permanente de prestación y vence a los diez días hábiles de la suscripción del convenio.
Emergencia agropecuaria y fuero judicial
Los empleadores alcanzados por declaraciones administrativas nacionales o provinciales que acrediten estado de emergencia o desastre agropecuario al momento del plan podrán solicitar excepcionalmente hasta 24 cuotas. Serán competentes los Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social con asiento en la Ciudad de Buenos Aires ante cualquier controversia derivada del acogimiento.




