Axi (Buenos Aires, 15 de septiembre de 2026).- La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo fijó en 2.750 toneladas la captura total permisible de rayas de altura en la Zona Común de Pesca para 2027, según la Resolución 8/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial.
Habilitación y reserva administrativa
Del total fijado, el organismo habilitó para la pesca 2.450 toneladas y estableció una reserva administrativa de 300 toneladas. Ese remanente podrá ser liberado por la Comisión durante el segundo semestre mediante una resolución fundada. La medida busca contemplar eventos que puedan impactar sobre el desarrollo de la actividad extractiva.
Distribución semestral y arrastre de saldos
La captura habilitada se repartió en dos tramos: 1.590 toneladas entre enero y junio de 2027, y 860 toneladas entre julio y diciembre. El saldo que se contabilice al finalizar el primer semestre se transferirá automáticamente al segundo, según lo previsto en el artículo 4° de la norma.
Criterio precautorio y umbral de captura por marea
La resolución adoptó un criterio precautorio ante las disparidades observadas en la distribución, abundancia y parámetros vitales de las distintas especies que integran el conjunto multiespecífico de rayas de altura. Esas diferencias pueden afectar de modo desigual la resiliencia de cada componente frente a la presión extractiva, advirtió el Grupo de Trabajo sobre peces cartilaginosos.
Además, si en algún semestre se alcanza el 80% de los valores fijados para el grupo, regirá un máximo permitido que no podrá exceder el 10% del total desembarcado por marea hasta la finalización del período. La norma lleva las firmas de Álvaro Fernández y Luis Eugenio Bellando y fue comunicada a las cancillerías de Argentina y Uruguay.




