Axi (Buenos Aires, 14 de septiembre de 2026).- La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación autorizó la comercialización de la levadura genéticamente modificada Saccharomyces cerevisiae Evolve Evergreen a la firma SAF Argentina S.A. El insumo está diseñado para optimizar la producción de bioetanol a partir de la fermentación de biomasa basada en almidones.
Aval de la Conabia y evaluación de bioseguridad
La Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia) emitió su Documento de Decisión tras evaluar el organismo. El dictamen concluyó que la levadura no implica un riesgo adicional para el agroecosistema respecto de su variante no modificada para el uso previsto en la producción industrial de etanol en plantas autorizadas. De esta manera, se cumplió con la evaluación de bioseguridad que exige la normativa vigente para este tipo de desarrollos.
Aptitud para consumo animal y mercados externos
El Senasa ratificó que los granos secos de destilería con solubles (DDGS), derivados del proceso de producción de etanol, son aptos para el consumo animal. El organismo sostuvo que la levadura inactivada cumple con los lineamientos del Codex Alimentarius. En paralelo, la Dirección de Políticas de Mercados de la Secretaría informó que la aprobación no representa una preocupación para la inserción internacional de Argentina ni para el flujo comercial externo actual.
Procedimiento y condiciones de la autorización
La medida se enmarca en la Resolución 96/2026, que fijó los procedimientos para ensayos con microorganismos genéticamente modificados y la determinación de ausencia de MGM viable en productos derivados. La autorización alcanza a la firma SAF Argentina S.A. (CUIT 30-67988839-7) bajo el cumplimiento de las tres instancias requeridas por la Resolución 255/2026 del Ministerio de Economía. La Resolución 171/2026, firmada por el secretario Sergio Iraeta, lleva la fecha del 11 de septiembre y se publicó este lunes en el Boletín Oficial.
Obligaciones de información y revocación
La norma establece que SAF Argentina S.A. deberá suministrar de forma inmediata toda nueva información científico-técnica que surja sobre la levadura y que pudiera afectar o invalidar las conclusiones en las que se basaron los dictámenes. La autorización quedará sin efecto si la autoridad competente considera que nueva evidencia invalida esos antecedentes. Además, la empresa deberá atender la normativa de los órganos de control y la Secretaría comunicó la medida al Senasa para su intervención.




