Axi (Buenos Aires, 5 de noviembre de 2026).- La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector salud, MiPyMEs y pequeños contribuyentes.
El alcance de la resolución general 5923/2026
La medida se instrumentó mediante la Resolución General 5923/2026, publicada en el Boletín Oficial el 5 de noviembre de 2026. La norma prorroga la suspensión originalmente dispuesta por la Resolución General 5.628 y sus complementarias 5.736, 5.806 y 5.885, que habían extendido sucesivamente el plazo hasta el 31 de julio de 2025 y luego por períodos posteriores.
La prórroga dispuesta por Economía
El nuevo plazo responde a la Resolución 1.899 del 29 de octubre de 2026 del Ministerio de Economía, que prorrogó hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión oportunamente dispuesta y encomendó a ARCA disponer su alcance respecto de nuevos sujetos alcanzados. La cartera económica había fijado el criterio original mediante la Resolución 1.445 de diciembre de 2024.
MiPyMEs y pequeños contribuyentes, incorporados al beneficio
El artículo 2 de la resolución incorporó a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- que cuenten con el Certificado MiPyME vigente al 29 de octubre de 2026 y con la caracterización correspondiente en el Sistema Registral. También alcanza a los pequeños contribuyentes, entendidos como personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas con el código 547 - Pequeño Contribuyente.
Excepciones y vigencia
La norma aclara que la suspensión no impide el ejercicio de las facultades de ARCA en casos de grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente. La resolución entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial y lleva la firma del director ejecutivo Andres Edgardo Vazquez.




