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ARCA extendió al 30 de diciembre la adhesión a dos regímenes de facilidades de pago

La Resolución General 5920/2026 prorrogó el plazo para el sector salud, las MiPyMEs, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro. Antes vencía el 30 de octubre.

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Por Redacción Axi

viernes, 30 de octubre de 2026, 06:33 hs

ARCA extendió al 30 de diciembre la adhesión a dos regímenes de facilidades de pago
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Axi (Buenos Aires, 30 de octubre de 2026).- La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 30 de diciembre de 2026 la adhesión a los regímenes especiales de facilidades de pago para el sector salud, las MiPyMEs, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro.

Qué dispuso la Resolución General 5920/2026

Según publicó ARCA en el Boletín Oficial, la norma sustituyó en el artículo 9 de la Resolución General 5.858 la fecha límite original del 30 de octubre de 2026 por la del 30 de diciembre de 2026. La misma modificación aplicó sobre el artículo 9 de la Resolución General 5.875, que regula el régimen especial para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.

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El alcance del régimen para el sector salud

La Resolución General 5.858 había establecido un régimen especial de facilidades de pago destinado a los contribuyentes del sector salud, incluidos los establecimientos de salud con internación comprendidos en el Título V de la Ley 17.132. El objetivo declarado fue regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

Los fundamentos de la prórroga

De acuerdo con los considerandos de la Resolución General 5920/2026, subsisten para los contribuyentes alcanzados las circunstancias que motivaron el dictado de ambas normas. Por ese motivo, ARCA consideró oportuno extender el plazo de adhesión para dar continuidad a las medidas adoptadas.

Vigencia y firma de la norma

La resolución entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y lleva la firma de Andrés Edgardo Vázquez, director ejecutivo de ARCA. La norma se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley 11.683 y el artículo 7 del Decreto 618 de 1997, entre otras disposiciones.

#ARCA#facilidades de pago#MiPyMEs#sector salud#Boletín Oficial

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