Axi (Buenos Aires, 30 de octubre de 2026).- La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 16 de noviembre de 2026 el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias del período fiscal 2025 de personas humanas y sucesiones indivisas, según la Resolución General 5918/2026 publicada en el Boletín Oficial.
El nuevo vencimiento y el pago que no se prorroga
La norma sustituyó el primer párrafo del artículo 1° de la Resolución General 5.851 y sus modificatorias. Así, la obligación de presentación de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025 podrá cumplirse excepcionalmente hasta el 16 de noviembre de 2026. El vencimiento de pago del saldo resultante del impuesto se mantiene, en cambio, en el 27 de julio de 2026, según el texto incorporado por la resolución.
El motivo: la reforma de la Ley 27.826
De acuerdo con los considerandos de la resolución, las previsiones de la Ley 27.826, recientemente promulgada, y su reglamentación por el Decreto 1.253 del 22 de octubre de 2026 y por la Resolución General 5.916 impactan en la liquidación del impuesto a las ganancias del período fiscal 2025. Por razones de administración tributaria, ARCA consideró aconsejable extender el vencimiento para facilitar a los sujetos comprendidos el cumplimiento de sus obligaciones.
Los antecedentes de las prórrogas sucesivas
La Resolución General 5.851 había extendido hasta el 27 de julio de 2026 el plazo para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo del impuesto. Luego, las Resoluciones Generales 5.876, 5.890, 5.898 y 5.911 otorgaron un plazo adicional hasta el 30 de octubre de 2026 para cumplir con la presentación de la declaración jurada del mismo impuesto y período fiscal. La nueva norma lleva ese límite al 16 de noviembre.
Cambio en la caracterización como Pequeño Contribuyente
La resolución también adecua la fecha prevista en el inciso a) del artículo 4° de la Resolución General 5.321 para la ejecución del proceso sistémico de caracterización como "Pequeño Contribuyente". Mediante la sustitución dispuesta en el artículo 2°, la expresión "al día 16 de noviembre de 2026" se reemplaza por "al día 30 de noviembre de 2026". La norma lleva la firma de Andrés Edgardo Vázquez, director ejecutivo de ARCA, y entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.




