Axi (Buenos Aires, 16 de septiembre de 2026).- Un proyecto de ley presentado en el Senado para incorporar el delito de ecocidio al Código Penal generó preocupación en los sectores de petróleo, gas, minería y agro. Advierten que la iniciativa podría sumar incertidumbre jurídica a inversiones de largo plazo.
La presentación de la senadora Terenzi
La propuesta fue presentada por la senadora nacional por Chubut Edith Terenzi y plantea una nueva figura penal vinculada a daños ambientales. El proyecto establece como condición para configurar el delito la violación de “cualquier normativa vigente de protección ambiental y sus reglamentaciones”, una formulación que, según los sectores privados, abre una zona de indefinición. Esa amplitud podría abarcar leyes nacionales y provinciales, ordenanzas municipales, reglamentos técnicos, resoluciones administrativas, obligaciones de monitoreo y condiciones particulares incluidas en permisos. Las actividades más expuestas serían aquellas que requieren grandes desembolsos y extensos períodos de desarrollo.
El alcance de conceptos como daño irreversible
Uno de los puntos que genera mayor inquietud es que la figura se construye alrededor de conceptos como daño “irreversible” o “especialmente grave”, sin establecer parámetros cuantificables que permitan determinar con previsibilidad cuándo un impacto ambiental alcanza esos umbrales. En petróleo, gas y minería pueden producirse incidentes no buscados que luego requieren acciones correctivas, mitigación o remediación. Con el esquema planteado, una decisión técnica que genere un impacto ambiental no intencional podría derivar en una discusión penal sobre si existió negligencia o impericia y si el daño debe ser considerado “especialmente grave” o “irreversible”. Dos especialistas podrían arribar a conclusiones distintas sobre la posibilidad o el tiempo de recuperación de un ambiente.
El riesgo para las inversiones de largo plazo
La preocupación adquiere particular dimensión en Vaca Muerta, donde el desarrollo hidrocarburífero requiere inversiones sostenidas, planificación de largo plazo y una cadena de valor integrada por empresas operadoras, proveedores de servicios y múltiples actividades vinculadas. Los sectores privados del oil & gas, minería y agro, junto con sus respectivas cadenas de valor, sostienen que la iniciativa podría criminalizar el riesgo operativo ordinario al contemplar penas también para daños producidos por imprudencia, negligencia, impericia o incumplimiento de deberes. Según el proyecto, las penas podrían llegar hasta los 15 años de prisión. El impacto potencial no se limita al sector hidrocarburífero: la misma preocupación alcanza a la minería y el agro.
El cuestionamiento constitucional
Otro de los ejes del cuestionamiento está relacionado con el principio de legalidad penal, establecido en el artículo 18 de la Constitución Nacional. El argumento de los constitucionalistas críticos es que un delito debe establecer con suficiente precisión tanto la conducta prohibida como la pena aplicable. La objeción se concentra en la referencia a “cualquier normativa” ambiental, ya que la conducta base del delito podría quedar vinculada con normas provinciales, ordenanzas municipales o resoluciones administrativas. Así, una misma conducta podría tener distinta relevancia según la normativa vigente en cada jurisdicción, y una figura incorporada al Código Penal nacional podría depender de regulaciones que varían territorialmente.
La frontera entre infracción y delito penal
El eje de la discusión está en establecer una frontera clara entre incumplimiento ambiental, responsabilidad administrativa o civil y responsabilidad penal. Los sectores productivos sostienen que esa frontera debe estar definida con precisión antes de avanzar con una figura que contempla penas de prisión. El riesgo que señalan es que una empresa o un responsable operativo deba evaluar no solamente las consecuencias productivas, ambientales, administrativas y civiles de una decisión, sino también la posibilidad de que un incidente no intencional sea posteriormente interpretado como un delito. La discusión legislativa plantea así un desafío que excede la definición de una nueva figura penal.




