Axi (Buenos Aires, 27 de octubre de 2026).- La Secretaría de Energía fijó en un 50% la bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano indiluido por redes para los consumos alcanzados por el Régimen de Zona Fría, y en un 20% una bonificación adicional para usuarios residenciales del SEF, según la Resolución 299/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial.
El alcance territorial de la bonificación del 50%
La bonificación del 50% se aplica a los usuarios residenciales del servicio de gas natural por redes y de gas propano indiluido por redes, y a todos los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes. Comprende la Región Patagónica, el Departamento de Malargüe de la provincia de Mendoza y la región conocida como Puna, en los términos del inciso a) del artículo 75 de la Ley 25.565.
La bonificación adicional del 20% y los requisitos del SEF
La Bonificación Adicional por Zona Fría equivale al 20% del Precio Anual Uniforme del gas natural (PAU) y del precio del gas propano indiluido por redes correspondiente a los Consumos Base. Alcanza a los usuarios residenciales beneficiarios del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Es complementaria del subsidio que esos usuarios ya reciben en el marco del SEF. La resolución detalla cuatro requisitos concurrentes: estar inscriptos en el SEF, que el suministro esté en las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI de la Norma IRAM 11.603/12, no estar comprendidos en el inciso a) del artículo 75 y reunir alguno de los criterios de los apartados 1 a 4 del inciso b).
Entidades de Bien Público y Clubes de Barrio
Para las Entidades de Bien Público, los Clubes de Barrio y de Pueblo y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables, la resolución dispone aplicar la bonificación del artículo 3 sobre la totalidad del volumen consumido. La medida se apoya en el artículo 8 de la Ley 27.218 y en el artículo 9 del Decreto 943/25, con adecuación a las bases de facturación y a las categorías tarifarias vigentes.
Padrón, facturación y compensaciones
La identificación de los hogares alcanzados se hará cruzando la información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con la ubicación del suministro y las subzonas bioambientales, con sujeción a la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética elaborará el padrón y lo pondrá a disposición del ENReGE, que lo comunicará a distribuidoras y subdistribuidoras. Las compensaciones a las proveedoras se regirán por los artículos 19 a 24 del Decreto 1.266/26. La norma rige desde su publicación y se aplica a los consumos desde la entrada en vigencia de la Ley 27.828.




