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La Superintendencia de Salud dio de baja a dos prepagas del registro oficial

Las empresas Instituto Panamericano de Salud y Mutual Odontológica Argentina perdieron su inscripción provisoria por no acreditar los requisitos exigidos.

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Por Redacción Axi

lunes, 7 de septiembre de 2026, 06:04 hs

La Superintendencia de Salud dio de baja a dos prepagas del registro oficial

Taller Axi

Axi (Buenos Aires, 7 de septiembre de 2026).- La Superintendencia de Servicios de Salud rechazó la inscripción definitiva de Instituto Panamericano de Salud SA y Mutual Odontológica Argentina en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP). La medida, publicada en el Boletín Oficial, dejó sin efecto las inscripciones provisorias que tenían ambas entidades.

Incumplimiento de requisitos

Según las resoluciones 1599 y 1600/2026, ambas firmas no pudieron acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley 26.682 y sus reglamentaciones para obtener la inscripción definitiva. El organismo había intimado a las empresas a regularizar su situación, pero no presentaron documentación.

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La Gerencia de Control Prestacional determinó que no existen elementos que demuestren que las entidades desarrollaron efectivamente actividades comprendidas en el marco regulatorio de la medicina prepaga. Esta evaluación se basó en los informes técnicos reunidos durante el procedimiento.

Procedimiento administrativo

El trámite comenzó con la inscripción provisoria en el registro, pero la Superintendencia realizó un relevamiento para verificar el cumplimiento normativo. Ante las observaciones, se notificó a las empresas y se publicaron edictos en el Boletín Oficial para informar a los usuarios sobre el inicio del proceso de rechazo.

Las empresas tuvieron la oportunidad de presentar descargos, pero no lo hicieron dentro de los plazos conferidos. Por eso, el superintendente Claudio Stivelman firmó las resoluciones que disponen la baja de los registros provisorios.

Recursos disponibles

Las entidades afectadas pueden interponer contra la medida recursos de reconsideración o alzada, en un plazo de 20 y 30 días respectivamente. También pueden deducir las acciones judiciales que estimen corresponder, de acuerdo con la normativa vigente.

La Superintendencia instruyó a la Gerencia de Sistemas de Información y a la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro para que realicen las anotaciones correspondientes en los sistemas informáticos.

#Medicina prepaga#Superintendencia de Servicios de Salud#RNEMP#Salud#Regulación

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