Objetivos y alcance de la nueva mesa
El organismo funcionará en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y tendrá como objetivo analizar y elaborar un documento de recomendaciones de medidas para optimizar la organización y gestión del espacio aéreo argentino. El plazo para elevar ese documento está fijado para el 1° de diciembre de 2027.
La medida se enmarca en la necesidad de armonizar el sistema de navegación aérea nacional con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Busca incrementar la capacidad del sistema aeronáutico, mejorar la previsibilidad de las operaciones y reducir demoras y distancias de vuelo innecesarias, siempre bajo criterios de seguridad operacional.
Integración y coordinación
La mesa será coordinada por la Subsecretaría de Transporte Aéreo y estará integrada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), la Cámara de Compañías Aéreas en Argentina (JURCA) y el Consejo Internacional de Aeropuertos (ACI). También participarán explotadores aeroportuarios, líneas aéreas que operen en el país y todo organismo competente.
La creación de este espacio responde a la necesidad de promover mecanismos de Toma de Decisión en Colaboración (CDM) entre los distintos actores del sistema aeronáutico, según los considerandos de la resolución. La iniciativa busca facilitar el intercambio de conocimientos y experiencias para el diseño de nuevos conceptos de espacio aéreo y la optimización de procedimientos de navegación.
Procedimientos y alcance
Entre las tareas previstas se encuentran el desarrollo de estudios específicos para la incorporación de nuevos procedimientos, como aproximaciones por instrumentos (IAC), salidas normalizadas (SID) y llegadas normalizadas (STAR). También se evaluarán mejoras normativas y buenas prácticas aplicables a la planificación y gestión del espacio aéreo.
La resolución aclara que la medida no implica erogación presupuestaria para el Estado Nacional. Se enmarca en las facultades conferidas por el decreto 50/2019 y sus modificatorios, y fue dictada tras la intervención de la ANAC, la EANA y la Subsecretaría de Transporte Aéreo.
La publicación oficial lleva la firma de Mariano Ignacio Plencovich y se realizó bajo el número RESOL-2026-67-APN-ST#MEC. La fecha de publicación es el 7 de septiembre de 2026.




