Nuevos plazos para la Información Productiva 1
La Información Productiva 1 deberá presentarse entre el 1° de septiembre y el 31 de octubre de cada año. Esta declaración comprenderá las existencias de productos agrícolas registradas al 31 de agosto y las superficies que los productores prevén destinar a distintos cultivos.
Plazos para la Información Productiva 2
Por su parte, la Información Productiva 2 deberá presentarse entre el 1° de diciembre y el último día de febrero del año siguiente. El cambio modifica los cronogramas de cumplimiento para productores y operadores agropecuarios alcanzados por el sistema.
Presentación digital y especificaciones por campaña
Los contribuyentes deberán ingresar la información mediante los servicios digitales habilitados por ARCA y respetar las especificaciones aplicables a cada campaña agrícola.




