Detalles del cambio en las DDA
La Resolución 167/26 de la Secretaría de Energía establece que, mientras se mantenga la emergencia energética vigente hasta diciembre de 2027, las DDA se trasladarán a las tarifas cada dos meses. Hasta ahora, el ajuste se producía de forma estacional, coincidiendo con las actualizaciones del precio del gas. El objetivo oficial es hacer más gradual y previsible el impacto sobre las facturas, evitando correcciones de gran magnitud.
Qué son las Diferencias Diarias Acumuladas
Cuando el ente regulador fija los cuadros tarifarios, utiliza un precio estimado del gas. Una vez transcurrido el período, se compara con el costo real que afrontó cada distribuidora. Si el precio efectivo fue mayor, se genera un recargo; si fue menor, se devuelve el excedente a los usuarios. Este mecanismo, conocido como DDA, no altera la metodología de fondo: la Ley del Gas establece que el precio en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) debe trasladarse a los usuarios finales sin ganancias ni pérdidas para las distribuidoras.
Contexto de desregulación y financiamiento
La medida se inscribe en un proceso de desregulación del mercado de gas impulsado por la Secretaría de Energía. Las distribuidoras deberán asumir progresivamente la gestión de compra de gas sin intervención estatal. Además, a partir de noviembre, las empresas incluirán en las facturas un monto asignado a las DDA para recuperar en 6 cuotas lo que el Estado gastó en importar GNL. Las distribuidoras actuarán como recaudadoras, transfiriendo esos fondos al Estado. Con el cambio, el recupero se reflejará en ajustes más graduales y previsibles para los usuarios.




