Objeto y alcance de la nueva normativa
El proyecto, identificado como IF-2026-82102474-APN-UDG#ENREGE, establece requisitos actualizados para la tramitación de solicitudes de autorización y renovación de la actividad de subdistribución. Según la resolución 552/2026, publicada en el Boletín Oficial, se busca lograr acciones más efectivas y eficientes, con definiciones más precisas surgidas de la dinámica del sector.
La norma derogará las resoluciones ENARGAS 35/93, 3/94, 2904/03, 3049/04 y 3064/04, que hasta ahora regían la actividad. El compendio introduce cambios como la actualización de la modalidad de presentación de documentos y un nuevo plazo de vigencia para las autorizaciones.
Causales de revocación y obligaciones
El texto explicita causales de revocación de la autorización, entre ellas el incumplimiento en el pago de insumos imprescindibles para prestar el servicio o la falta de pago de tres anticipos consecutivos –o cinco alternados– de la tasa de fiscalización. Se requerirá un procedimiento previo para verificar la viabilidad económico-financiera del subdistribuidor.
Además, se recuerda que los subdistribuidores tienen las mismas obligaciones que los distribuidores en su relación con los usuarios, aunque la distribuidora de la zona conserva la policía de seguridad. La autorización no es un contrato, sino un acto administrativo del ENReGE.
Consulta pública y plazos
Los interesados podrán presentar comentarios y observaciones por escrito durante quince días hábiles administrativos, contados desde la publicación en el Boletín Oficial. Las opiniones no serán vinculantes, pero serán evaluadas por la autoridad regulatoria.
El expediente EX-2026-80458231 está disponible para consulta en la sede del ENReGE (Suipacha 636, Ciudad de Buenos Aires) y en sus delegaciones. La resolución también se publicará en la sección “Elaboración participativa de normas” del sitio web del organismo.




