Axi (Buenos Aires, 11 de septiembre de 2026).- La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) otorgó las Autorizaciones Específicas para el personal que se desempeña en las Instalaciones Clase I del país, mediante la Resolución 279/2026 publicada en el Boletín Oficial.
El trámite y el dictamen del CALPIR
La medida se formalizó a partir del Acta CALPIR N° 5/26, emitida por el Consejo Asesor para el Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I (Relevantes) y Clase II y III (No Relevantes) del Ciclo de Combustible Nuclear. Ese cuerpo intervino conforme a lo previsto en la Resolución del Directorio de la ARN N° 755/23, que regula su funcionamiento dentro del esquema de licenciamiento.
Las personas alcanzadas por la norma, junto con las Entidades Responsables, habían solicitado el otorgamiento de Autorizaciones Específicas ante el organismo. El listado completo de los solicitantes y de las entidades involucradas figura en el Anexo de la resolución, que no fue publicado y queda reservado a las actuaciones administrativas correspondientes.
Verificación de formación y capacitación
La Gerencia de Licenciamiento y Control de Instalaciones Radiactivas y Prácticas verificó que la formación y capacitación de los solicitantes se ajustan a los requerimientos de la Norma AR 0.11.1, Revisión 3, sobre licenciamiento de personal de Instalaciones Clase I. El organismo también confirmó el cumplimiento de los procedimientos regulatorios previstos para tramitar las solicitudes.
La Subgerencia de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le corresponde en el expediente. En paralelo, la Gerencia de Coordinación Administrativa certificó que las Entidades Responsables de las tramitaciones no registran deuda en concepto de tasa regulatoria, conforme al Artículo 26 de la Ley N° 24.804.
Marco legal y competencia del Directorio
La resolución se apoya en la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98. El Artículo 9, inciso a, obliga a toda persona física o jurídica que desarrolle actividades nucleares en el país a ajustarse a las regulaciones de la ARN y a obtener la licencia, permiso o autorización habilitante.
El Artículo 16, inciso c, faculta a la ARN a otorgar, suspender y revocar esas habilitaciones para usuarios de material radiactivo. El Directorio del organismo dictó la norma en su reunión del 19 de junio de 2026, registrada en el Acta N° 12, en ejercicio de las atribuciones del Artículo 22, inciso a, de la misma ley.
Notificación y publicación oficial
El Artículo 1 de la resolución otorga las Autorizaciones Específicas al personal detallado en el Anexo. El Artículo 2 ordena comunicar la decisión a la Gerencia Ejecutiva y a la Gerencia de Licenciamiento y Control de Instalaciones Radiactivas y Prácticas, y notificar a los solicitantes incluidos en el Anexo.
La norma fue remitida a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. La resolución lleva la firma de Carlos Terrado y su fecha de publicación es el 11 de septiembre de 2026.




