Axi (Buenos Aires, 16 de septiembre de 2026).- La sociedad Vicuña Argentina S.A. (CUIT 33-61913055-9) capitalizó dos aportes irrevocables por un total de US$ 55.816.000 y elevó su capital social a $ 812.327.228.523, según el acta de la Asamblea General Extraordinaria N° 382 del 18 de diciembre de 2025.
Rectificación del tipo de cambio aplicado a los aportes
La asamblea dejó sin efecto los puntos segundo, tercero y cuarto del acta de la Asamblea General Extraordinaria N° 381, del mismo 18 de diciembre de 2025, en los términos originalmente aprobados. En su lugar, rectificó esos puntos para adoptar el tipo de cambio divisa comprador del Banco de la Nación Argentina correspondiente a las fechas de integración efectiva de cada aporte, tal como estaba pactado en la cláusula primera de las respectivas cartas oferta. El criterio anterior tomaba el tipo de cambio de la fecha de aceptación por el Directorio.
Capitalización del aporte irrevocable N° 1
Respecto del aporte irrevocable AI N° 1/2025, por US$ 25.816.000, la asamblea aprobó la capitalización al tipo de cambio de las fechas de integración efectiva, equivalente a $ 33.770.248.000. Con esa operación, el capital social pasó de $ 735.551.980.523 a $ 769.322.228.523. La decisión quedó asentada en el acta suscripta por la escribana autorizante.
Capitalización del aporte irrevocable N° 2
Para el aporte irrevocable AI N° 2/2025, de US$ 30.000.000, se aprobó la capitalización al tipo de cambio de las fechas de integración efectiva, equivalente a $ 43.005.000.000. El capital social se incrementó así de $ 769.322.228.523 a $ 812.327.228.523. De este modo, la sociedad completó la capitalización de ambos aportes bajo el nuevo criterio cambiario.
Reforma del estatuto y ratificación del acta N° 381
La asamblea reformó el artículo cuarto del estatuto social, que ahora establece un capital de $ 812.327.228.523 representado por 812.327.228.523 acciones ordinarias nominativas de valor nominal un peso ($ 1) cada una, con derecho a un voto por acción. El texto también prevé que el capital podrá aumentarse hasta su quíntuplo mediante Asamblea Ordinaria, conforme al artículo 5° del estatuto. Además, se ratificaron en todos sus términos los restantes puntos del acta N° 381 que no fueron rectificados. La publicación fue autorizada por instrumento privado y firmada por Milagros Victoria Varona, T° 148 F° 189 del C.P.A.C.F.




