Axi (Buenos Aires, 1 de septiembre de 2026).- La Secretaría de Minería oficializó el nuevo procedimiento operativo para acceder a los beneficios fiscales de importación previstos en la Ley 24.196 de Inversiones Mineras. La medida busca agilizar la adquisición de bienes de capital e insumos mediante plataformas digitales.
Nuevas reglas operativas
A través de la Resolución 73/2026, firmada por el secretario Luis Enrique Lucero y publicada este martes en el Boletín Oficial, se aprobó el mecanismo que regirá de forma exclusiva para la exención del pago de derechos de importación. El nuevo esquema normativo reemplaza la exigencia de autorizaciones previas por declaraciones juradas digitales de validación automática. Este sistema se canalizará a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino y el Sistema Informático Malvina.
Bienes incluidos y simplificación
La normativa aprobó el listado específico de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur para los bienes de capital, equipos especiales, repuestos, accesorios e insumos alcanzados por el beneficio arancelario. El marco se encuadra en las reformas introducidas por el Decreto 482/2026, que sustituyó el anexo reglamentario de la actividad minera. Los cambios apuntan a la simplificación administrativa, la supresión de barreras burocráticas y la optimización en el control de trazabilidad de las mercaderías que ingresen al país.
El nuevo esquema administrativo incorpora precisiones para los bienes usados e introduce la figura de bienes reacondicionados, regulando además los supuestos de traslado, transferencia y uso alternativo de los productos. Para unificar los trámites, la autoridad de aplicación dispuso la derogación expresa de las resoluciones 89/2019 y 15/2020. Estas normas regulaban mecanismos de solicitud previa con firmas ológrafas y formatos presenciales que quedaron desactualizados frente a los estándares de digitalización vigentes.
Implementación y transición
El procedimiento establecido se aplicará de forma directa a las solicitudes que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la resolución. Sin embargo, su implementación efectiva requerirá la adecuación técnica de la plataforma de Trámites a Distancia y del Sistema de Gestión Documental Electrónica. Asimismo, la Dirección General de Aduanas, organismo dependiente de la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero, deberá dictar las normas complementarias para la integración informática.
Por otra parte, los expedientes presentados con anterioridad a la publicación de la medida continuarán su curso y se resolverán bajo la normativa que regía al momento de su inicio. Con esta transición coordinada, el Ministerio de Economía busca dar seguridad jurídica a los beneficiarios del régimen minero mientras se completan las integraciones de los sistemas. El servicio jurídico permanente de la cartera nacional ya tomó intervención avalando el dictado de la presente norma.




