Alcance de la derogación
La resolución, firmada por el ministro Luis Caputo, deja sin efecto el artículo 2° de la resolución 243 del 28 de mayo de 2021 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo. Ese artículo designaba a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción, en el marco del artículo 84 del decreto 1030 de 2016.
Según los considerandos de la nueva norma, parte de los miembros designados en su momento ya no integran la cartera de Estado o se encuentran imposibilitados de continuar con sus funciones. Por ese motivo, se consideró necesario derogar el artículo completo.
Motivos de la medida
La decisión se enmarca en la necesidad de actualizar la composición de la comisión, que tiene a su cargo la recepción de bienes y documentación en el ámbito del ministerio. El texto oficial indica que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía tomó la intervención correspondiente.
La medida se dictó en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y sus modificaciones. La resolución lleva el número 1382/2026 y fue comunicada para su publicación en el Registro Oficial, según consta en el texto difundido.
Publicación y vigencia
La resolución se publicó en el Boletín Oficial este miércoles 26 de agosto de 2026, con fecha de emisión del 25 de agosto. La norma derogatoria tiene vigencia inmediata a partir de su publicación oficial, y se archiva el expediente EX-2021-30036332- -APN-DGD#MDP, que dio origen al proceso.
Con esta medida, el Ministerio de Economía actualiza el marco normativo vinculado a la Comisión de Recepción, un órgano administrativo clave para la gestión de bienes del Estado. La resolución lleva la firma del ministro Luis Caputo y fue publicada en el Boletín Oficial, cumpliendo con los requisitos legales establecidos.




