Axi (Buenos Aires, 28 de octubre de 2026).- El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENREGE) aprobó mediante la Resolución 818/2026 los cuadros tarifarios a aplicar por Naturgy NOA Sociedad Anónima, con las bonificaciones del Régimen de Zona Fría y del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). La medida se publicó este 28 de octubre en el Boletín Oficial.
Qué incluyen los nuevos cuadros tarifarios
Según la resolución del Directorio del ENREGE, los cuadros aprobados incluyen un cuadro con el Precio Anual Uniforme (PAU), expresado en pesos por metro cúbico, correspondiente a cada subzona tarifaria. El objetivo es que las facturas que emitan las prestadoras del servicio de distribución de gas reflejen el PAU y apliquen las bonificaciones correspondientes. El PAU fue establecido por la Secretaría de Energía en la Resolución 23/2026, en el marco del Plan Gas.Ar.
Las bonificaciones de Zona Fría y el SEF
La Secretaría de Energía dispuso por la Resolución 299/2026 una bonificación del 50% del precio del gas natural y del gas propano indiluido por redes para los consumos alcanzados por el Régimen de Zona Fría. Alcanza a usuarios residenciales de la Región Patagónica, el Departamento Malargüe de la Provincia de Mendoza y la región conocida como “Puna”, y a todos los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes.
La misma resolución estableció una bonificación adicional por Zona Fría del 20% del precio PAU y del precio del gas propano indiluido por redes sobre los Consumos Base. Aplica a los usuarios residenciales beneficiarios del SEF que reúnan las condiciones del artículo 4° de la resolución, y es complementaria de la bonificación que corresponda en el marco de ese régimen. Para las Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo y otras categorías sin fines de lucro asimilables, la bonificación se aplica a la totalidad del volumen consumido.
Vigencia y obligaciones de publicación
Los cuadros tarifarios entran en vigencia a partir de su publicación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 de la Resolución 299/2026, que los aplica a los consumos a facturarse desde la entrada en vigencia de la Ley 27.828. Si la vigencia se produce durante un período de facturación, se aplica el Punto 14 (k) del Reglamento de Servicio de Distribución, aprobado por el Decreto 2255/92.
La Licenciataria deberá publicar los cuadros de manera completa en la cartelería de sus oficinas comerciales y en su página web desde la publicación de la resolución. También deberá comunicar la medida a todos los Subdistribuidores autorizados a operar dentro de su área de licencia y remitir constancia al organismo dentro de los diez días de notificada. Los cuadros se publican además en el Boletín Oficial y en la web del ente regulador.




