Axi (Buenos Aires, 11 de septiembre de 2026).- La Secretaría de Energía sustituyó el Anexo I de la Resolución 221/2026 por un error material involuntario en su confección, sin modificar el consumo base de 200 kWh/mes para septiembre.
Qué establecía la Resolución 221/2026
La Resolución 221, del 31 de agosto de 2026, modificó el Anexo I de la Resolución 13/2026 exclusivamente para el mes de septiembre. Fijó un consumo base diferencial de 200 kilovatios hora por mes para las zonas bioambientales “Muy cálido”, “Cálido” y “Resto”. Esa ampliación superó los 150 kWh mensuales previstos originalmente para septiembre por la Resolución 13/2026.
El error material en el Anexo I
Según los considerandos de la Resolución 238/2026, al confeccionarse el Anexo I de la Resolución 221/2026 se consignaron valores que no correspondían a los establecidos en el Anexo I de la Resolución 13/2026 para los meses y zonas no alcanzados por la modificación de septiembre. La Secretaría calificó esa inconsistencia como un error material involuntario que no altera la decisión adoptada.
Qué dispone la corrección
El Artículo 1° de la Resolución 238/2026 sustituye el Anexo I (IF-2026-83407260-APN-SSEEIE#MEC) de la Resolución 221/2026 por el Anexo I (IF-2026-86739703-APN-SSEEIE#MEC). La medida no implica un cambio de criterio ni del contenido sustancial de la decisión original, sino la subsanación de la exteriorización documental. La norma entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
El régimen de Subsidios Energéticos Focalizados
El esquema se enmarca en el Decreto 943/2025, que unificó los subsidios energéticos nacionales y creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). La norma designó a la Secretaría de Energía como Autoridad de Aplicación y fijó bloques de consumo base de 150 kWh mensuales para marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, con posibilidad de consumos diferenciales por zonas bioambientales.
La resolución lleva la firma de la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética intervino mediante el Informe N° IF-2026-86749722-APN-SSEEIE#MEC y el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía tomó la intervención que le compete. La medida se dictó en uso de las facultades del Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos.




