Productos alcanzados y lotes específicos
La prohibición rige para el AtomO Desinflamante Forte x 100 gr. Crema, lote 00023, vto. 05/28 (Certificado N° 45.531), y para el AtomO Desinflamante Clásico x 110 gr. Crema, lote 00214, vto. 05/28 (Certificado N° 47.463). Se trata de 5.740 unidades del primer producto y 3.360 del segundo, todas ellas sustraídas como productos terminados. La empresa Gramon Millet comunicó el hecho a la ANMAT, precisando que los lotes no tuvieron comercialización previa y que los remanentes fueron enviados a destrucción.
Fundamentos de la medida sanitaria
La ANMAT actuó en el marco del inciso ñ) del artículo 8° del Decreto N° 1490/92, que habilita a adoptar medidas preventivas para proteger la salud de la población ante factores de riesgo. Dado que se desconoce la condición y estado de conservación de las unidades robadas, no es posible acreditar su seguridad. Por ello, el Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización sugirió prohibir su uso y dispuso comunicar la medida a la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo, dependiente de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial.
Denuncia policial y contramuestras
La firma Dalban Pharma S.A. radicó una denuncia policial por el robo en su planta industrial, donde se acondicionaban productos de terceros. En la denuncia consta que la mercadería sustraída pertenecía a clientes que contratan servicios de preparado, empaque y acondicionamiento. Ante el pedido de la ANMAT, Gramon Millet guardó unidades de contramuestra para eventuales verificaciones. La disposición lleva la firma del administrador nacional, Luis Eduardo Fontana, y agota la vía administrativa, habilitando recursos de reconsideración, alzada o acción judicial en los plazos establecidos.




