Axi (Buenos Aires, 30 de septiembre de 2026).- La Subsecretaría de Transporte Aéreo, a cargo de Hernán Adrián Gómez, autorizó a la empresa Aéreo Patagones S.A. a explotar servicios no regulares, internos e internacionales, de transporte aéreo de pasajeros y cargas, de forma combinada.
La medida se formalizó mediante la Disposición 25/2026, publicada este miércoles 30 de septiembre en el Boletín Oficial, y encuadra el pedido de la compañía en el régimen simplificado para aeronaves de hasta 19 plazas.
El trámite iniciado por Aéreo Patagones
Según el expediente EX-2026-38916377-APN-DGDYD#JGM, la empresa Aéreo Patagones S.A. (CUIT 30-71525077-9) solicitó la autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales conforme al artículo 102 de la Ley 17.285 (Código Aeronáutico).
La disposición indica que la compañía cumplió con las exigencias de la normativa y acreditó los recaudos de capacidad técnica y económica financiera previstos en el artículo 105, según el informe IF-2026-45868532-APN-DNSO#ANAC de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional.
El plazo de 180 días para el certificado
Para ejercer los derechos otorgados, Aéreo Patagones S.A. deberá acreditar la emisión de sus certificados digitales de explotador dentro de los 180 días corridos desde la obtención de las autorizaciones aerocomerciales.
En caso de no hacerlo, la norma prevé una intimación por única vez y por idéntico plazo, bajo apercibimiento de operar la caducidad de pleno derecho conforme al artículo 28 del Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales, aprobado por el Decreto 599/2024.
El régimen simplificado que encuadra la autorización
La Disposición 12/2024 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo estableció que el procedimiento simplificado para el transporte no regular con aeronaves de hasta 19 plazas permite ingresar los trámites de autorización aerocomercial y del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA) ante la Dirección Nacional de Seguridad Operacional de la ANAC.
Ese organismo eleva los proyectos de disposición a la Subsecretaría para su suscripción previa a la emisión del CESA. La autorización fue notificada a la empresa y comunicada a la ANAC, y ordena su publicación, comunicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivo.




