Capital y socios fundadores
La nueva empresa tiene un capital de $30.000.000 representado por 30.000 acciones de $1.000 valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. Los accionistas son Pedro Antonio Villata (50%), Roger Palacios Amorós (48%) y Martina Paula Domínguez López (2%), quienes integraron el 25% del capital suscripto y se comprometieron a completar el saldo en un plazo de dos años.
Los socios son empresarios, de nacionalidad española y argentina. Palacios Amorós y Domínguez López están domiciliados en Lavalle 1430, piso 3, departamento B, CABA, mientras que Villata reside en la ciudad de Pergamino, provincia de Buenos Aires.
Objeto social amplio
El objeto social de Espar Energy incluye el desarrollo y asesoramiento en proyectos de energía eléctrica, generación, transporte y distribución; exploración y explotación de minas y yacimientos; y actividades comerciales de compraventa, importación y exportación de energía, hidrocarburos, combustibles, gas y productos industriales.
También prevé la comercialización de equipos, maquinarias y herramientas relacionados con esos rubros. La sociedad prescinde de la sindicatura y su ejercicio económico cierra el 31 de diciembre de cada año.
Dirección y administración
La dirección y administración estará a cargo de un directorio de entre uno y cinco miembros, elegidos por asamblea por un período de tres ejercicios. El presidente es Pedro Antonio Villa y el director suplente es Roger Palacios Amorós, quienes aceptaron los cargos y constituyeron domicilio especial en la sede social.
La inscripción fue autorizada mediante escritura pública Nº 210 del 21 de agosto de 2026, registrada bajo el Nº 1916, con intervención del escribano Ignacio Arzac, matrícula 5597 del Colegio de Escribanos de CABA.
Cambio de denominación: HFV Energía pasa a Nexus Gas
Por otra parte, mediante escritura del 13 de agosto de 2026, se elevó a escritura el acta de asamblea del 27 de mayo de 2026 en la que se aprobó el cambio de denominación social de HFV Energía S.A. a Nexus Gas S.A. La reforma del artículo primero del estatuto quedó autorizada por la escribana Gabriela María Serra, matrícula 4614 C.E.C.B.A.




