Axi (Buenos Aires, 24 de septiembre de 2026).- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización, la publicación y la distribución en todo el país de cualquier producto para administración en humanos que declare contener retatrutide o retatrutida, según la disposición 6140/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La denuncia que originó la medida
La disposición precisa que las actuaciones comenzaron a raíz de una denuncia recibida por correo electrónico en la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, en la que se informaba sobre dos enlaces web mediante los cuales se ofrecían, entre otros, productos que declaraban contener “retatrutide”.
El texto oficial señala que no existen especialidades medicinales comercializadas en la República Argentina que contengan esa sustancia, por tratarse de un ingrediente que se encuentra en etapa de investigación clínica por sus potenciales efectos en pacientes que padecen diabetes tipo II y control inadecuado de la glucemia.
Alertas internacionales y prohibición
La Anmat informó que tanto la agencia brasileña ANVISA como la agencia paraguaya DINAVISA publicaron alertas respecto de productos que contienen “retatrutide”. A partir de ello, el Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización sugirió la publicación de una alerta en la página web del organismo para advertir a la población.
El Artículo 1° de la disposición establece la prohibición de todos los lotes, tamaños y presentaciones de esos productos hasta tanto se encuentren autorizados por la Anmat. La medida exceptúa los casos de investigaciones clínicas expresamente autorizadas por la Administración Nacional, según consta en el texto oficial.
Intervención judicial y fundamentos
La disposición detalla que se sugirió una ampliación de denuncia ante el Juzgado Federal Criminal y Correccional de Lomas de Zamora n.º 2, a cargo del Dr. Armella, Luis Antonio, secretaría n.º 4, a cargo del Dr. García Lira, Nicolás, registrada bajo el número interno 1329-71-000.265/2026, caratulada “denuncia a.n.m.a.t. – gm distribuidor”.
El documento indica que la denuncia fue formalizada por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Anmat a través de la Policía Federal Argentina, División Delitos contra la Salud. La medida se sustenta en los incisos ñ), i) y l) del artículo 8º del Decreto Nº 1.490/92, que habilita al organismo a adoptar medidas preventivas para proteger la salud de la población.




