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Otorgan el sello Bioproducto Argentino a la taza borra de ETIMO

La Secretaría de Agricultura concedió el derecho de uso del sello a la empresa ETIMO SRL para su producto. El bioproducto deberá contener un mínimo de 60% de material biobasado.

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Por Redacción Axi

jueves, 6 de agosto de 2026, 11:42 hs

Otorgan el sello Bioproducto Argentino a la taza borra de ETIMO
Certifican como bioproducto aceites esenciales de plantas nativas para controlar Varroa

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Axi (Buenos Aires, 6 de agosto de 2026).- La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca otorgó a la firma ETIMO SRL el derecho de uso del sello “Bioproducto Argentino” para su producto “Taza borra”. La resolución 130/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece que el bioproducto deberá contener un mínimo de 60% de material biobasado.

Alcance del sello otorgado

El sello, en las categorías Innovación y Sostenibilidad, fue concedido de forma gratuita y sin exclusividad. El derecho de uso tiene una vigencia de cuatro años a partir de la publicación en el Boletín Oficial, según el artículo 3° de la resolución. La medida fue firmada por el secretario Sergio Iraeta.

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Antecedentes normativos del programa

El “Programa Bioproducto Argentino” fue creado por la resolución 235/2017 del entonces Ministerio de Agroindustria. Posteriormente, la resolución 132/2021 de la ex Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional aprobó el reglamento para el otorgamiento del sello. La firma ETIMO SRL presentó su solicitud ante la autoridad de aplicación.

Evaluación técnica y dictamen

La Comisión Nacional Asesora en Biomateriales (COBIOMAT) se expidió el 21 de julio de 2025 a favor de la solicitud, recomendando el umbral de contenido biobasado en 60%. La Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía emitió un dictamen sin observaciones que obsten al otorgamiento del derecho de uso.

Condiciones para la comercialización

El sello solo indica que el producto proviene de material biobasado y no implica la aprobación de su venta comercial. La puesta en el mercado de “Taza borra” o sus derivados deberá tramitarse ante los organismos competentes conforme a la normativa vigente, según el artículo 4° de la resolución.

#Bioproducto Argentino#ETIMO#Secretaría de Agricultura#Sello#Bioeconomía

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