Agilidad comercial con control de fiscalización
La Resolución 425/2026 permite a las empresas semilleras inscribir lotes de producción bajo fiscalización mientras sus expedientes de nuevos cultivares están en trámite previo ante la Dirección Nacional de Registro de Variedades. El objetivo es satisfacer la demanda al momento del lanzamiento comercial, multiplicando volumen de semilla con anticipación bajo los estándares exigidos para la "Clase Fiscalizada".
Los titulares de los expedientes podrán dar de alta estos lotes directamente en el Sistema de Gestión online del INASE, cumpliendo los pasos técnicos de fiscalización correspondientes. La medida busca reducir la burocracia comercial y garantizar stock inicial para el mercado.
Condiciones y restricciones operativas
Para resguardar el sistema y la identidad de los materiales, la normativa establece límites estrictos a la comercialización anticipada. No se emitirán Documentos de Autorización de Venta (DAV) ni se permitirán cesiones de lotes o de producción hasta que el trámite de registro concluya y el cultivar esté publicado en el Catálogo Nacional de Cultivares.
La producción obtenida se podrá reservar mediante la opción de "Carrie" dentro del sistema para ser volcada al mercado en la campaña siguiente. El período máximo para mantener un cultivar bajo este estatus de reserva será de dos (2) años. Cumplido dicho plazo sin la aprobación del registro, el material deberá ser descartado obligatoriamente, con excepción de las especies de multiplicación agámica.
Esta nueva modalidad busca equilibrar la necesidad de las empresas de contar con semilla disponible desde el inicio de la venta, con la garantía de que solo se comercialicen variedades efectivamente registradas. La implementación digital simplifica los trámites y reduce los tiempos de espera.




