Axi (Buenos Aires, 6 de agosto de 2026).- El Instituto Nacional de Semillas (INASE) oficializó una actualización integral de las exigencias de rotulado para plantas de vivero y ornamentales, mediante la Resolución 424/2026. La medida moderniza un marco que databa de 2001 e incorpora códigos QR obligatorios para mejorar la trazabilidad.
Alcance de la nueva normativa
La disposición alcanza a todas las especies del grupo Frutales (FR), ejemplares forestales ornamentales, material del género Rosa y cítricos de clase fiscalizada. Los rótulos deberán confeccionarse en materiales resistentes que garanticen una lectura legible durante las etapas de almacenamiento, transporte y venta.
Entre la información obligatoria se incluyen el nombre, dirección e inscripción en el RNCyFS del identificador; nombres comunes y de cultivar, acompañados del portainjerto y año de producción o injertación si corresponde. También se deben incluir leyendas sobre la responsabilidad de la identidad del material, tratamiento fitosanitario ("SEMILLA CURADA, VENENO") y plazos de reclamo por germinación.
Los revendedores, por su parte, podrán añadir un rótulo propio comercial, lo que brinda flexibilidad en la cadena de comercialización. Esta actualización busca eliminar reglamentaciones obsoletas y simplificar los esquemas operativos del sector.
Digitalización con códigos QR
El punto central de la norma es la consolidación del uso de códigos QR impresos, con un tamaño mínimo de 2 centímetros por 2 centímetros, en un lugar visible del rótulo. En el caso de los cítricos, se sustituye la antigua estampilla oficial por la impresión directa del código QR generado por el Sistema de Gestión del INASE.
Este cambio permite verificar la trazabilidad desde dispositivos móviles, lo que facilita el control por parte de las autoridades y brinda a los consumidores información inmediata sobre el origen del material vegetal. La digitalización responde a las nuevas tecnologías y a la necesidad de agilizar los procesos de fiscalización.
Plazo de adaptación para los operadores
Los operadores de la industria dispondrán de un plazo de 120 días corridos a partir de la publicación en el Boletín Oficial para adecuar sus procesos de etiquetado y comercialización a las nuevas pautas. Este período de transición busca minimizar el impacto en la actividad y permitir una implementación ordenada.
La medida fue oficializada por el INASE con el objetivo de responder a las nuevas tecnologías y simplificar los esquemas operativos del sector. La actualización integral de la normativa de rotulado reemplaza el antiguo sistema de colores y estampillas, que resultaba obsoleto frente a las necesidades actuales de trazabilidad.




