Axi (Buenos Aires, 18 de septiembre de 2026).- La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobó por la Resolución 175/2026 un nuevo régimen jurídico unificado para la asignación y gestión de los contingentes arancelarios que la Argentina mantiene con Estados Unidos, México, Ecuador y Colombia.
Un cuerpo normativo único para los cupos vigentes
La medida consolida en una sola norma los regímenes que hasta ahora estaban dispersos en distintas resoluciones dictadas entre 2018 y 2023 por ex secretarías de Agroindustria y de Agricultura. Según los considerandos, el objetivo es que todos los operadores comerciales accedan a información precisa y ágil sobre las preferencias arancelarias otorgadas a la República Argentina. El nuevo esquema también deroga la Resolución N° 12 de mayo de 2018, que regía la exportación de maní con destino a Estados Unidos.
Qué incluye cada anexo de la resolución
El Anexo I abarca los contingentes de maní, pasta de maní y tabaco con Estados Unidos. Los cupos estadounidenses son de 43.901 toneladas anuales de maní, 3.650 toneladas de pasta de maní y 10.750 toneladas de tabaco. El Anexo II comprende los duraznos en almíbar enlatados con México, con un cupo de 10.000 toneladas métricas y desgravación del 100%, y los lácteos con Ecuador, con cupos anuales de 43,75, 37,50, 22,50, 15 y 12,50 toneladas métricas según el grupo de partidas.
Colombia: lácteos, carne bovina y golosinas
El Anexo III regula los contingentes con Colombia: lácteos, con un cupo inicial de 1.500 toneladas métricas que aumenta un 3% anual; carne bovina del Cupo II –Los Demás Cortes–, tras la liberalización total del Cupo I en 2024; y golosinas y chocolates, con 146 toneladas para la partida 1704 y 256 toneladas para la 1806. Los cupos cárnicos se distribuyen en partes iguales entre los Estados Parte del MERCOSUR, un 25% para cada uno.
Plazos, vigencia y criterio de asignación
Los nuevos parámetros regirán desde los ciclos comerciales que inicien en 2027, salvo el tabaco, que se aplicará desde el ciclo iniciado el 13 de septiembre de 2026. Para lácteos y carnes bovinas con Colombia, la inscripción para licencias de exportación se abrirá automáticamente en la plataforma TAD entre el 1 y el 15 de diciembre de cada año. La resolución adopta el criterio Primero Llegado, Primero Servido para los contingentes que no logran agotarse, y entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial. La firma el secretario Sergio Iraeta.




