Alcance de la norma y sanciones previstas
La reglamentación se apoya en la Ley 26.659, que prohíbe a personas y empresas, nacionales o extranjeras, desarrollar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental argentina sin habilitación de la autoridad competente. También prohíbe tener participación directa o indirecta en firmas que lo hagan o prestarles servicios. Las penas por incumplimiento van de cinco a veinte años de inhabilitación, y las concesiones pueden revertirse al Estado nacional o a las provincias.
Antecedentes y empresas declaradas clandestinas
Según los considerandos, la autoridad de aplicación ya declaró ilegales las actividades de diez empresas, calificadas como “clandestinas” por operar sin permiso en la plataforma continental. En los últimos tiempos, distintas firmas comenzaron a explorar y explotar hidrocarburos en los espacios marítimos circundantes a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, lo que motivó esta nueva reglamentación para reforzar el control.
Plazos y procedimiento administrativo
El decreto establece un plazo de diez días hábiles administrativos para que los presuntos infractores presenten sus descargos. Con esta medida, el Gobierno busca dar mayor celeridad, eficacia y coordinación al procedimiento para determinar responsabilidades. La iniciativa se enmarca en la disputa de soberanía con el Reino Unido y en la Resolución 31/49 de la Asamblea General de la ONU, que insta a ambas partes a abstenerse de modificaciones unilaterales.
La explotación no autorizada de recursos no renovables compromete intereses estratégicos del país, según el Ejecutivo, ya que los recursos integran el patrimonio natural de la Nación y su aprovechamiento se rige por el ordenamiento jurídico argentino. La nueva reglamentación busca asegurar el cumplimiento de la ley y resguardar la soberanía sobre esos territorios.




