Origen privado de la iniciativa
El procedimiento de CAN_200 se originó el 14 de febrero de 2025, cuando Challenger Energy Group presentó ante el Estado Nacional una manifestación de interés, invocando el artículo 46 de la Ley 17.319, para obtener un permiso de exploración sobre un área de aproximadamente 5.000 km². El área está ubicada en el sector norte de la Cuenca Argentina Norte, próximo al límite marítimo con Uruguay.
El mecanismo legal permite que cualquier persona presente una propuesta solicitando la adjudicación de un permiso de exploración o concesión de explotación. Sin embargo, la existencia de una iniciativa privada no implica una adjudicación directa, sino que el Estado debe someter el área a un procedimiento competitivo. El decreto instruye a la Secretaría de Energía a convocar al concurso, preservando los principios de concurrencia y transparencia.
De la ronda de 2018 a un esquema más dinámico
La experiencia del Concurso Costa Afuera N.º 1 de 2018 dejó resultados relevantes: se adjudicaron dieciocho áreas en las cuencas Argentina Norte, Austral y Malvinas Oeste, con la incorporación de compañías internacionales. Ese proceso permitió reactivar campañas sísmicas y concretar la perforación del pozo Argerich-1, el primero en aguas ultraprofundas del país.
Aunque Argerich-1 no confirmó un descubrimiento comercial, cada campaña sísmica y perforación aporta información para reducir incertidumbre. La nueva licitación de CAN_200 se interpreta como una continuación de ese proceso, no como un reinicio. Mientras tanto, Uruguay mantuvo una política sostenida de promoción de su offshore, atrayendo a compañías internacionales y compitiendo por el mismo capital exploratorio.
Claves para la competitividad
El Decreto 590/2026 también autoriza cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales, un instrumento que puede reducir la percepción de riesgo jurídico. La combinación de competencia internacional, previsibilidad contractual y mecanismos de solución de controversias busca mejorar la posición argentina frente a otros destinos exploratorios.
La previsibilidad que demanda la industria también debe alcanzar a los procedimientos ambientales. La evaluación ambiental, la disponibilidad de información científica y la participación pública son componentes necesarios de una política offshore sostenible. Argentina ya cuenta con experiencia de las campañas sísmicas y la perforación de Argerich-1, que debería aprovecharse para mejorar los procedimientos futuros.
Del interés a la inversión
El Pliego de Bases y Condiciones definirá los compromisos mínimos de inversión, antecedentes técnicos y financieros, criterios de adjudicación, programa exploratorio y régimen de regalías. Allí se determinará la competitividad efectiva de la convocatoria. Por ahora, la señal positiva es que una nueva área vuelve a someterse a competencia internacional, impulsada por un interés empresario concreto.
La exploración offshore requiere continuidad: sucesivas campañas, adquisición de información y nuevas interpretaciones geológicas. El mecanismo de CAN_200 podría ofrecer una alternativa para avanzar hacia un esquema más dinámico, en el que nuevas iniciativas privadas activen procedimientos competitivos cuando exista interés real del mercado. El desafío será que no sea un hecho aislado, sino el comienzo de una nueva etapa.




