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Obras Públicas aprobó un plan para las obras del FISU en barrios populares

La Resolución 209/2026 define cómo continuar las obras en curso del Fondo de Integración Socio Urbana y deroga la norma que integraba el comité ejecutivo del fondo.

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Por Redacción Axi

miércoles, 23 de septiembre de 2026, 06:12 hs

Obras Públicas aprobó un plan para las obras del FISU en barrios populares
Bernardo Heredia, Secretario de Obras Públicas.

Redacción / Axi

Axi (Buenos Aires, 23 de septiembre de 2026).- La Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía aprobó, mediante la Resolución 209/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Plan de Acción para las Obras en Curso de Ejecución del Régimen de Integración Socio Urbana de los Barrios Populares identificados en el RENABAP.

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La norma lleva la firma del secretario de Obras Públicas, Bernardo Bartolomé Heredia, y fue fechada en la Ciudad de Buenos Aires el 21 de septiembre de 2026.

Qué establece el plan para las obras en ejecución

Según el articulado de la resolución, el plan tiene por objeto definir el curso de acción a adoptar respecto de las obras que se encuentren en curso de ejecución en el marco del FONDO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (FISU), dando cumplimiento a lo previsto en la ley 27.453 y sus modificatorias y a los principios de regularidad financiera, legalidad, economicidad, eficiencia y eficacia en la obtención y aplicación de los recursos públicos.

El texto agrega que el plan será de cumplimiento obligatorio para las dependencias de la Secretaría de Obras Públicas con competencia en la materia y faculta a la Subsecretaría de Obras y Servicios a dictar las normas complementarias necesarias para su aplicación.

Qué dispone el Anexo ante incumplimientos de contratistas

El anexo que integra la medida, identificado como IF-2026-91806058-APN-SOP#MEC, indica que, de mediar incumplimiento del ente ejecutor o del contratista en los contratos en curso, deberá corroborarse si se adoptaron las medidas para corregir esa irregularidad y, en su caso, gestionar su adopción y eventualmente recuperar los fondos correspondientes.

El documento precisa que se podrá resolver el convenio por culpa del ente ejecutor o del contratista y notificar a la Provincia, al Municipio u otro Ente Ejecutor sobre la necesidad de evaluar la pertinencia de asumir la ejecución de la obra sin asistencia financiera del Estado Nacional. Si no media incumplimiento, deberá analizarse la viabilidad de que la Provincia, el Municipio u otro Ente Ejecutor asuma el financiamiento.

En los casos en que la Provincia, el Municipio u otro Ente Ejecutor no acepte o no le sea viable continuar la obra con financiamiento propio, el anexo dispone que deberá determinarse, de manera restrictiva y fundada, la conveniencia de continuar con la ejecución del contrato, considerando el grado de avance de la obra, el interés público comprometido y los costos de ejecución junto con la disponibilidad de recursos.

La derogación de la resolución 58/2025 y el estado del FISU

El artículo 2° de la medida deroga la Resolución 58 del 6 de marzo de 2025 de la Secretaría de Obras Públicas, que había integrado el Comité Ejecutivo del FISU con los titulares de la ex Subsecretaría de Integración Socio Urbana, de la Dirección de Fortalecimiento Barrial y Comunitario y de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, con carácter ad honorem, y lo presidía por el titular de la ex Subsecretaría.

Entre los considerandos, la resolución sostiene que el Comité Ejecutivo del FISU creado por el artículo 10 del decreto 819/2019 quedó sin funciones por haber asumido las mismas la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía, en el marco del decreto 215/2024 y de la resolución 200/2024.

El contexto judicial y la disolución del fideicomiso

La resolución recuerda que por el artículo 1° del decreto 312 del 7 de mayo de 2025 se disolvió el FISU y que por su artículo 5° se derogaron el artículo 13 de la ley 27.453 y los artículos 4° al 12 del decreto 819/2019.

El texto también menciona que, con posterioridad, el Juzgado Federal de Pehuajó hizo lugar el 9 de junio de 2025 a una medida cautelar en la causa caratulada “CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS) Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL- PODER EJECUTIVO Y OTRO S/ AMPARO COLECTIVO- EXPTE: 15854/2024”, suspendiendo los efectos y la aplicación de los artículos 1°, 4°, 5° y 8° del decreto 312/2025 y la liquidación del patrimonio del FISU.

Según los considerandos, la suspensión rige hasta tanto se acredite el cumplimiento de la manda judicial del 15 de noviembre de 2024, que emplazó al Estado Nacional a confeccionar un plan de actuación con el objeto de procurar la continuidad de la política pública de integración socio urbana de los barrios populares registrados en el RENABAP.

Las observaciones de la SIGEN sobre el fideicomiso

La resolución indica que, en el marco del artículo 3° del decreto 215/2024, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) elaboró un informe con observaciones sobre el funcionamiento del FISU.

Entre esas observaciones, el texto menciona la generalizada falta de cumplimiento de los plazos previstos en la ejecución de obras, retrasos en las rendiciones de cuentas, incumplimientos de contratos y la ausencia de comunicación al fiduciario de los proyectos de pliegos y de actos administrativos de los procesos de contratación.

La resolución también menciona que la SIGEN señaló la adquisición de predios cercanos a basurales, con efectos contaminantes para el agua, el aire y el suelo, la aprobación de proyectos sin la debida tasación del inmueble y la adjudicación de obras a cooperativas que no acreditaron antecedentes de especialidad e idoneidad para la prestación requerida.

Finalmente, el texto consigna que la Dirección Nacional de Desarrollo Urbano, dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios, detalló mediante la nota NO-2026-75059407-APN-SSISU#MEC todas las obras en curso de ejecución en el marco del FISU, con su objeto y fondos afectados, ente ejecutor, estado de avance, incumplimientos y medidas adoptadas, información que fue considerada para elaborar el plan aprobado.

#FISU#Barrios Populares#RENABAP#Secretaría de Obras Públicas#Integración Socio Urbana

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