Axi (Buenos Aires, 15 de octubre de 2026).- La Comisión Nacional de Valores publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 1173/2026, que modifica el régimen de idoneidad y crea una nueva figura: las Entidades Administradoras del Examen de Idoneidad, reconocidas por el organismo.
El régimen actual y el cambio de sistema
La norma sustituye el Capítulo V del Título XII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) y crea un Registro de Entidades Administradoras de carácter público. Estas entidades podrán administrar materialmente el examen, aunque la CNV conserva las facultades regulatorias, de supervisión y sanción.
El texto precisa que el reconocimiento no implica delegación de facultades regulatorias ni transferencia de la administración del Registro de Idóneos. La CNV mantiene la definición de contenidos, estándares, criterios de evaluación y la gobernanza del banco de preguntas.
Quiénes pueden ser administradoras del examen
Según el Anexo I de la resolución, podrán ser reconocidas personas jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras con sede en el país. La lista incluye universidades, instituciones de educación superior, asociaciones profesionales, mercados e infraestructuras del mercado de capitales, organismos públicos e instituciones internacionales.
Quedan excluidos los sujetos inscriptos como Agentes registrados ante la CNV. La incompatibilidad busca preservar la independencia del sistema, ya que quien administra el examen no debe ser al mismo tiempo empleador o destinatario de la actividad del postulante.
Transición: la CNV administrará hasta diciembre de 2026
El nuevo Capítulo XVIII del Título XVIII establece que la CNV continuará administrando y ejecutando materialmente el examen hasta el 15 de diciembre de 2026 inclusive, y asignará turnos exclusivamente a quienes tengan un VEP abonado a la fecha de vigencia de la resolución.
Sin perjuicio de ese plazo, la norma aclara que el organismo seguirá administrando el examen hasta que las primeras entidades administradoras estén operativas. También dispone tres etapas de implementación gradual y fija la vigencia de dos años para la aprobación del examen dentro del trámite de inscripción en el Registro de Idóneos.




