Axi (Buenos Aires, 23 de septiembre de 2026).- La Comisión Nacional de Valores (CNV) sustituyó el anexo de la Matriz de Compatibilidades entre agentes registrados y corrigió un monto de patrimonio mínimo consignado por error, según publicó el Boletín Oficial.
Qué resolvió la CNV y cuándo entra en vigencia
A través de la Resolución General 1168/2026, del 22 de septiembre de 2026, el organismo reemplazó el artículo 6° de la Resolución General 1165 y dispuso la incorporación de un nuevo Anexo II al Capítulo I del Título XVI de las Normas (N.T. 2013 y mod.). La norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, que se produjo el 23 de septiembre de 2026.
La corrección del Patrimonio Neto Mínimo Total en ALyC I Agro
De acuerdo con los considerandos de la resolución, la revisión integral de la matriz se dispuso tras la experiencia recabada desde la entrada en vigencia de la RG 1165. En ese marco, la CNV constató que "se consignó involuntariamente un monto incorrecto respecto del Patrimonio Neto Mínimo Total (PNMT) correspondiente a la categoría "ALyC I AGRO". El nuevo anexo fija ese PNMT en UVA 1.175.000.
Reescritura de las referencias para agentes del Título V
La resolución también reescribió las referencias de los agentes alcanzados por el Título V de las Normas, con el objetivo de establecer "de manera clara y concreta" los montos del PNMT y de la Contrapartida Líquida Mínima Total (CLMT) exigibles. Asimismo, se aclararon las situaciones excepcionales en las cuales alguno de esos requisitos no resulta aplicable, para otorgar mayor certeza sobre su aplicación.
Actualización de acrónimos y aclaraciones de la matriz
El nuevo anexo actualiza y complementa las referencias de "Acrónimos y Aclaraciones" de la matriz, con el fin de facilitar su comprensión y lograr una interpretación uniforme entre los sujetos que la utilicen. La CNV precisó que la Matriz de Compatibilidades no modifica ni amplía las categorías existentes, no crea nuevas categorías o subcategorías y no altera la naturaleza, alcance o régimen jurídico de las categorías vigentes.
Firmantes y alcance de la norma
La resolución lleva las firmas de Manuel Ignacio Calderón, Laura Inés Herbón, Sonia Fabiana Salvatierra y Roberto Emilio Silva. El organismo indicó que los anexos se publican en la edición web del Boletín Oficial y que la norma se dictó en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 19, incisos a), d), g), o) y s), de la Ley de Mercado de Capitales.




