Axi (Buenos Aires, 10 de septiembre de 2026).- El Ministerio de Economía dispuso la reasignación de montos pendientes para operaciones de crédito público hacia el plazo mínimo de amortización de 90 días. La medida se formalizó mediante la Resolución 1499/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Qué dispone la resolución 1499/2026
El artículo 1° de la norma ordena trasladar los saldos no utilizados en los plazos mínimos de 180 días y 3 años hacia el tramo de 90 días, dentro de la planilla anexa al artículo 44 de la ley 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026. La reasignación apunta a optimizar el uso de esa autorización con las emisiones de deuda que deban realizarse hasta fin de año.
Los plazos agotados que motivan la medida
Según los considerandos, los montos autorizados para los plazos mínimos de amortización de 360 días, 18 meses y 2 años ya se agotaron. En cambio, en los tramos de 180 días y 3 años quedaban saldos pendientes que pueden redirigirse al plazo más corto, de 90 días, para atender servicios de la deuda y gastos no operativos.
El alcance del financiamiento y el rol del artículo 44
El artículo 44 de la ley de Presupuesto autoriza a los entes mencionados en su planilla anexa a realizar operaciones de crédito público para atender servicios de la deuda y gastos no operativos, con plazos mínimos de amortización desde 90 días hasta 4 años. Ese mismo artículo faculta al Ministerio de Economía a modificar las características de la planilla, siempre dentro del monto total y el destino del financiamiento, para adecuarlas a las posibilidades de obtención de fondos.
Sin cambios en el monto total autorizado
La resolución aclara que la medida no altera el importe total autorizado en el artículo 44 de la ley 27.798. La planilla que integra la norma quedó conformada según el detalle del documento IF-2026-85519455-APN-SF#MEC. El servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía tomó la intervención que le compete y la disposición entró en vigencia el día de su dictado, con la firma del ministro Luis Andrés Caputo.




