Axi (Buenos Aires, 14 de octubre de 2026).- La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el recibo de sueldo electrónico para el personal de casas particulares mediante la Resolución General 5912/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma incorpora una función de cálculo automático de haberes denominada "Recibo Asistido".
La nueva función de cálculo automático
Según publicó ARCA, el sistema pondrá a disposición del empleador el cálculo automático de determinados conceptos que integran la liquidación de haberes, en función de los datos obrantes en las bases informáticas del organismo y de la información suministrada por el empleador. El empleador deberá aceptar o rechazar el importe exhibido y, en caso de rechazo, podrá editar el campo e ingresar el monto correspondiente. La puesta a disposición de los cálculos automáticos no libera al empleador de la obligación de rectificar los importes si corresponde.
Modalidad de emisión y vigencia
Los empleadores deberán emitir el recibo de sueldo electrónico a través del servicio "Personal de Casas Particulares", disponible en el sitio web institucional, con Clave Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 2 o superior. La validación de identidad mediante dicho acceso constituirá el requisito de autenticidad del recibo. Cuando la contraprestación sea abonada en efectivo o el trabajador lo requiera, el recibo deberá imprimirse por duplicado y ser firmado por el trabajador. La resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Acceso de los trabajadores a la información
Los trabajadores de casas particulares podrán acceder a la constancia de pago de aportes y contribuciones y al recibo de sueldo electrónico a través del servicio mencionado. Además, mediante el sistema "Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos", podrán visualizar los pagos de aportes y contribuciones, calcular intereses adeudados e imprimir volantes de pago para la cancelación de intereses.




