Axi (Buenos Aires, 1 de octubre de 2026).- El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, aprobó la Licitación Pública Nacional de Etapa Única N° 999-0001-LPU26 y adjudicó a cuatro firmas el acuerdo marco de combustible para la administración pública nacional, según la Resolución 109/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Los adjudicatarios y los renglones
La resolución adjudicó a YPF S.A. los renglones Nros. 1 al 9; a Edenred Argentina S.A. los renglones Nros. 1, 2, 3 y 4; a Pan American Energy S.L. Sucursal Argentina los renglones Nros. 1, 2, 3 y 4; y a BLO, Bienestar, Logística y Organización S.A. los renglones Nros. 5, 6, 7, 8 y 9. Los precios y porcentajes de descuento constan en el Anexo IF-2026-64832799-APN-DNCBYS#JGM, publicado en la edición web del Boletín Oficial.
El objeto del acuerdo marco
El acuerdo marco abarca la selección de proveedores de combustible en bocas de expendio, su gestión y administración, el seguimiento y control de la carga, la localización georreferenciada vehicular, la telemetría vehicular y la gestión de saldos de combustible. Tendrá una vigencia de dos años, con opción a prórroga por hasta un año adicional, para su contratación por las jurisdicciones y entidades de la administración pública nacional que lo requieran.
Exclusiones y ofertas desestimadas
La resolución excluyó la oferta de Edenred Argentina S.A. para el renglón Nro. 9 por resultar económicamente inconveniente, según el dictamen de la comisión evaluadora. Además, desestimó las ofertas de Ituran de Argentina S.A. para los renglones Nros. 5 al 9, de BLO para sus ofertas alternativas de los renglones Nros. 5 y 7, y de Sitrack.com Argentina S.A. para los renglones Nros. 5, 6, 7 y 8, en todos los casos por inadmisibles.
La excusación del jefe de Gabinete
La medida se dictó en uso de las atribuciones del artículo 2° del Decreto N° 1121/2026, que aceptó la excusación del jefe de Gabinete de Ministros para intervenir en el proceso. El funcionario la fundamentó en su carácter de director de YPF S.A., firma que se presentó como oferente, y en la necesidad de preservar la imparcialidad. El decreto encomendó la intervención al titular del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Delegación y vía recursiva
El artículo 5° delegó en la titular de la Oficina Nacional de Contrataciones la facultad de aprobar la prórroga de la licitación. El gasto se atenderá con las partidas de las jurisdicciones que emitan las órdenes de compra. Contra la resolución se puede interponer recurso de reconsideración en 20 días hábiles o jerárquico directo en 30 días hábiles.




