Alcance del nuevo texto estatutario
El nuevo Artículo Tercero amplía el objeto de la sociedad, permitiendo inversiones financieras en moneda nacional o extranjera, valores públicos o privados, y participación en empresas ya constituidas o a constituirse. Además, autoriza la participación en joint ventures, uniones transitorias y cualquier relación asociativa permitida por ley.
La reforma incorpora la capacidad de otorgar fianzas, avales, garantías reales o personales y otro tipo de garantías a favor de terceros, así como indemnidades. Estas operaciones deberán guardar relación con el objeto social de la compañía.
Rol de la sociedad y autorización
La sociedad podrá actuar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, tanto en la República Argentina como en el extranjero. También podrá realizar préstamos con sociedades vinculadas, lo que amplía sus herramientas financieras dentro del grupo.
El instrumento privado que oficializa la modificación fue autorizado por María Sofía Gonini, según consta en el T° 141 F° 963 del C.P.A.C.F. La publicación legal se realizó el 14 de agosto de 2026.
Implicancias para el sector energético
La reforma estatutaria refleja una tendencia de las sociedades del sector a flexibilizar sus objetos para adaptarse a nuevas oportunidades de inversión. Sur Inversiones Energéticas S.A.U. podrá ahora diversificar sus participaciones en proyectos vinculados a la energía, aunque el texto no menciona actividades específicas de exploración o producción.
La decisión asamblearia quedó inscripta bajo el número 57005/26, con vigencia desde la fecha de publicación. La empresa opera bajo el CUIT 33-71873226-9, aunque no se proporcionaron detalles sobre sus activos o proyectos actuales.




