Axi (Buenos Aires, 15 de octubre de 2026).- MSU Energy Holding S.A.U. reformó su estatuto social mediante una asamblea general ordinaria y extraordinaria del 14 de octubre de 2026, según informó la propia sociedad. La modificación alcanza al artículo tercero, que ahora fija como objeto exclusivo la realización de actividades de inversión.
Nuevo objeto social
El texto aprobado establece que la sociedad podrá adquirir participaciones en empresas y sociedades constituidas o a constituirse, cualquiera sea su objeto, conforme al artículo 30 de la Ley General de Sociedades número 19.550. La redacción aclara que la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos no prohibidos por normas legales, reglamentarias o por el propio estatuto.
Operaciones autorizadas
Entre las operaciones habilitadas, el estatuto menciona la presentación en concursos o licitaciones nacionales e internacionales para la adquisición directa o indirecta de participaciones accionarias. La sociedad podrá hacerlo individual o conjuntamente, en calidad de integrante, participante u oferente, invocando o no Conjunto Económico, y asumir los derechos y obligaciones de los pliegos aplicables.
También se contemplan operaciones financieras, como el otorgamiento de garantías, préstamos o avales a favor de terceros, y la compra, venta y administración de acciones, títulos públicos, debentures y demás valores mobiliarios. Se excluyen las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras número 21.526 o la que la reemplace en el futuro.
Aportes y garantías
El nuevo artículo tercero faculta a otorgar préstamos y garantías, incluyendo mutuos, avales, fianzas, sellos y cualquier otro respaldo, real o personal, para deuda u obligaciones propias y de terceros. Asimismo, permite aportes de capitales a personas o a otras sociedades constituidas o a constituirse, para financiar operaciones realizadas o a realizarse, y la emisión y compraventa de acciones, debentures, obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito.
Autorización e inscripción
La reforma fue autorizada según instrumento privado, acta de asamblea del 14 de octubre de 2026, por el escribano Ezequiel Matías Castello, registro T° 144 F° 79 del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (C.P.A.C.F.). La publicación se realizó el 15 de octubre de 2026.




