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La ANMAT prohibió productos domisanitarios de las marcas Desolimp y Lenis

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la elaboración, comercialización y distribución en todo el país de productos domisanitarios de las marcas Desolimp y Lenis por falta de registro.

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Por Redacción Axi

jueves, 3 de septiembre de 2026, 06:12 hs

La ANMAT prohibió productos domisanitarios de las marcas Desolimp y Lenis

Taller Axi

Axi (Buenos Aires, 3 de septiembre de 2026).- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional de los productos domisanitarios de las marcas Desolimp y Lenis, por no contar con registro sanitario.

Dos marcas sin registro detectadas por la ANMAT

La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante las Disposiciones 5505 y 5506/2026, alcanza a todos los productos de esas marcas, entre ellos desinfectantes, limpiadores, aguas lavandinas, desengrasantes e insecticidas. La ANMAT tomó conocimiento de la comercialización de estos productos a través de denuncias y consultas de usuarios, y verificó que no estaban inscriptos ante el organismo.

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En el caso de Desolimp, la marca se promocionaba en el sitio web desolimp.com.ar, que ofrecía envíos a todo el país. La firma responsable no pudo ser notificada porque el domicilio indicado, en Hipólito Irigoyen 3434 de la ciudad de Santa Fe, resultó inexistente, según confirmó la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL).

Para Lenis, la investigación señaló a Grupo Euroquímica como posible responsable, con domicilio en la Avenida Victorica 563 de Moreno, provincia de Buenos Aires. La notificación enviada a esa dirección no fue respondida, y la autoridad sanitaria provincial confirmó que los productos no tenían registro en su jurisdicción.

Riesgo para los consumidores y fundamento legal

La ANMAT advirtió que se desconocen las condiciones de manufactura de estos productos, lo que representa un riesgo para eventuales adquirentes y usuarios. La medida se adoptó en el marco del artículo 8°, incisos i) y l), del Decreto N° 1.490/92, que faculta al organismo a fiscalizar el cumplimiento de las normas de sanidad y calidad.

La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS) fue el área que detectó las irregularidades y sugirió las prohibiciones, que fueron avaladas por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Coordinación de Sumarios. La decisión también se comunicó a las autoridades sanitarias provinciales y a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

La prohibición incluye la venta en plataformas electrónicas y se mantendrá hasta que los productos sean regularizados, es decir, hasta que las empresas obtengan los registros correspondientes y habiliten establecimientos responsables ante la ANMAT.

#ANMAT#productos domisanitarios#Desolimp#Lenis#prohibición

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