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El ENReGE unificó el horario de atención al público de 9 a 16.30

El organismo que fusiona al ex Enargas y al ex Enre fijó un horario único para la atención presencial y la mesa de entradas virtual, mediante la Resolución 754/2026.

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Por Redacción Axi

martes, 13 de octubre de 2026, 05:56 hs

El ENReGE unificó el horario de atención al público de 9 a 16.30
El ENRE define su próximo presidente entre varios

Axi/Redes

Axi (Buenos Aires, 13 de octubre de 2026).- El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) fijó un horario único de atención al público presencial y de ingreso de documentación por mesa de entradas virtual de 9.00 a 16.30 horas, a través de la Resolución 754/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial.

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La medida alcanza a todo el organismo y unifica regímenes que hasta ahora diferían. El ex ENARGAS atendía de 10.00 a 16.00 en días hábiles administrativos y recibía documentación virtual de 9.00 a 17.00. El ex ENRE, en tanto, tenía atención de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 y de 14.00 a 17.30.

Qué dice la resolución

El artículo 1° de la Resolución 754/2026 establece que el horario de atención al público presencial y de ingreso de documentación por la mesa de entradas virtual del ENReGE será de 9.00 a 16.30 horas. El artículo 2° dispone las comunicaciones, la publicación en el Boletín Oficial y el archivo del expediente.

La norma lleva la firma de Héctor Sergio Falzone, Griselda Lambertini, Marcelo Alejandro Nachon y Vicente Serra, integrantes del Directorio del organismo.

El marco legal de la unificación

El ENReGE fue creado por el artículo 161 de la Ley N.° 27.742 y constituido por el artículo 1° del Decreto N.° 452 del 4 de julio de 2025, publicado en el Boletín Oficial el 7 de julio de ese año. El decreto establece que el ente lleva adelante las misiones y funciones que las Leyes Nros. 24.076 y 24.065 asignaban al ENARGAS y al ENRE, respectivamente.

La estructura orgánica transitoria del organismo se aprobó por la Resolución RESFC-2026-1-APN-DIRECTORIO#ENREGE del 13 de mayo de 2026. La resolución indica que el Directorio es competente para dictar el acto en virtud del artículo 161 de la Ley N.° 27.742, el inciso h) del artículo 11 del Decreto N.° 452/25 y el Decreto N.° 318/26, publicado el 5 de mayo de 2026. El Servicio Jurídico del organismo tomó la intervención correspondiente.

#ENReGE#ENARGAS#ENRE#Boletín Oficial#Resolución 754/2026

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