Axi (Buenos Aires, 26 de octubre de 2026).- El Ministerio de Economía prorrogó por dos años, desde el 1 de julio de 2026, los permisos de transporte automotor internacional de pasajeros para el tráfico con seis países sudamericanos, según la Resolución 1851/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Qué alcanza la prórroga
El artículo 1 extiende los permisos originarios definitivos que estaban en vigor al 1 de julio de 2026, cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas argentinas. El artículo 2 hace lo propio con permisos precarios y autorizaciones provisorias. Ambos grupos abarcan el tráfico con Chile, Perú, Brasil, Uruguay, Paraguay y Bolivia. Los listados se detallan en los anexos I y II de la medida, publicados en la edición web del Boletín Oficial.
Carácter precario y límites judiciales
El artículo 4 aclara que la prórroga del artículo 1 reviste carácter precario, no genera derecho adquirido y se otorga hasta que la autoridad de aplicación implemente los procedimientos de regularización definitiva, licitación, adjudicación o reorganización de los servicios. El artículo 3 establece que la prórroga del artículo 2 no modifica los términos de autorizaciones vinculadas a mandas judiciales o recursos administrativos, que prevalecen sobre el plazo fijado.
El fundamento del organismo técnico
La Dirección Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, dependiente de la Subsecretaría de Transporte Automotor, sostuvo que, ante el próximo vencimiento de la prórroga formalizada por la Resolución 561/24, resultaba necesario garantizar la continuidad de los servicios en el marco del Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT). El organismo propuso mantener las condiciones bajo las cuales fueron otorgados los permisos vigentes.
Notificaciones y antecedentes
El artículo 5 dispone notificar a las autoridades de transporte de los seis países, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y a las entidades representativas del transporte automotor, y comunicar a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. La medida lleva la firma del ministro Luis Andrés Caputo. La norma se apoya en el ATIT, inscripto como Acuerdo de Alcance Parcial en el marco de la ALADI, y en la Ley de Ministerios.




