Alcance de la reforma estatutaria
La nueva redacción del artículo tercero del estatuto incorpora un listado más amplio de actividades, que incluyen servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica en áreas económicas, financieras, regulatorias y ambientales, entre otras. También se suman servicios de administración, operación y mantenimiento de proyectos e instalaciones, así como la elaboración de estudios y auditorías técnicas.
Ampliación hacia energía y otros recursos
La reforma faculta a la sociedad a desarrollar, explotar, adquirir y comercializar activos vinculados con la generación, transporte, distribución, almacenamiento y comercialización de energía. Además, se incluyen otros recursos naturales e infraestructura, lo que amplía el horizonte de negocios de la compañía en el sector energético.
Posibilidad de actuar como holding
El nuevo texto también autoriza a Aconcagua Energía a realizar inversiones y adquirir participaciones en otras sociedades, pudiendo actuar como sociedad holding. Esta modificación le permite a la empresa diversificar su estructura corporativa y participar en otros emprendimientos del rubro.
Formalidades y autorizaciones
La reforma fue autorizada según instrumento privado y quedó registrada bajo la firma de Mariano Espinosa, en su carácter de autorizado. La publicación oficial se realizó el 13 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial, conforme a la normativa vigente.




