Alcance de la medida
La resolución, publicada este viernes en el Boletín Oficial, modifica el régimen de percepción de tasas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa). Los nuevos montos estaban contemplados en la Disposición 2978/26 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), pero dejaron de ser operativos tras la unificación de competencias en el Senasa.
Según los considerandos, el Senasa elevó la propuesta de modificación para incorporar los aranceles como contraprestación de servicios a terceros. Estos aranceles se consignan en el Anexo IF-2026-75681554-APN-DSAYF#SENASA, que forma parte de la resolución. La medida busca adecuar el sistema de aranceles al nuevo esquema de control unificado.
Unificación del control alimentario
El Decreto 697/26, del 31 de julio, concentró en el Senasa las funciones de control, registro y fiscalización de importaciones de productos alimenticios, que antes estaban distribuidas entre distintas autoridades sanitarias. Esto incluyó la producción primaria, industrial y alimentos procesados para consumo final. La resolución 135/2026 concreta la transferencia de aranceles que antes percibía la ANMAT.
El artículo 30 del decreto sustituyó el artículo 19 del Decreto 1812/92, que establece que el Senasa fijará aranceles o tasas por servicios de registro de productos alimentarios. Los importes serán uniformes en todo el país, según el criterio de la Ley 18.284. La aplicación se efectivizará a través de la autoridad sanitaria competente en cada jurisdicción.
Vigencia y recaudación
La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, que ocurrió este viernes. El producido de los montos por contraprestación de servicios deberá ingresar a la Cuenta Recaudadora del Senasa, habilitada por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. La medida no limita la capacidad de respuesta del organismo para cumplir sus misiones.
El secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Sergio Iraeta, firmó la resolución, que fue publicada en la edición web del BORA. Los anexos completos están disponibles en www.boletinoficial.gob.ar. La norma se enmarca en las facultades conferidas por el Decreto 50/19 y sus modificatorios.



